NOTA DE AVISO – Protección de la Seguridad y Salud en el ámbito del servicio del hogar familiar

23 Sep 2024 | Actualidad, Notas de aviso

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Estimad@s;

Se ha publicado el 10 de septiembre el Real Decreto 893/2024, por el que se regula la Protección de la Seguridad y la Salud en el ámbito del servicio del hogar familiar.

1. Evaluación de riesgos y adopción de medidas preventivas en el empleo doméstico.

Será obligatoria la evaluación de los riesgos para la seguridad y salud asociados a las tareas del hogar y deberá actualizarse periódicamente o cuando se produzcan cambios en las condiciones de trabajo.
En caso de que la evaluación detecte situaciones de riesgo, se deberán adoptar las medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar tales riesgos.
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) elaborará y pondrá a disposición de los hogares en un plazo de diez meses una herramienta para facilitar el cumplimiento de la evaluación a través de internet en la web del Ministerio de Trabajo.

2. Equipos de trabajo y de protección necesarios

Los empleadores deberán proporcionar gratuitamente a las personas trabajadoras «los equipos de trabajo adecuados para el correcto desempeño de sus funciones» y los repondrán cuando resulte preciso.
La evaluación de riesgos determinará las tareas en las que deban emplearse equipos de protección individual y precisará, para cada una, las características que deben tener dichos equipos y los riesgos que motivan su uso.

3. Formación obligatoria en prevención para la trabajadora

Las trabajadoras tendrán que realizar una formación obligatoria en materia preventiva en el momento de su contratación, que será única, aunque presten servicio en varios domicilios.
En el caso de que su tarea entrañe riesgos excepcionales en alguno de los domicilios, deberá recibir una formación complementaria que correrá a cargo de la persona empleadora en cuestión.
La formación se hará a través de la plataforma del INSST, que estará disponible en la web del Ministerio de Trabajo y será gestionada por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) de manera gratuita.
El curso obligatorio de prevención se realizará dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, fuera de ella y compensándolo con tiempo de descanso equivalente.

4. Reconocimiento médico gratuito

Las empleadas del hogar tienen derecho a la vigilancia de su estado de salud, lo que incluye un examen médico adecuado que tenga en cuenta los riesgos laborales identificados en la evaluación. El reconocimiento médico tendrá una periodicidad trienal y será voluntario y único, aunque se trabaje en varios domicilios.
El Ministerio de Sanidad promoverá la inclusión de la realización gratuita de estos reconocimientos en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, aunque la norma no establece ningún plazo.

5. Protocolo contra el acoso y protección frente a riegos graves

La norma fija que las empleadas del hogar tienen derecho a la protección frente a la violencia y acoso, de forma que el INSST deberá elaborar en el plazo de un año un protocolo de actuación frente a estas situaciones. El abandono del domicilio ante una situación de violencia o acoso no podrá considerarse dimisión ni podrá ser causa de despido.

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