El Ministerio de Empleo ha publicado en el Boletín Oficial del Estado un nuevo modelo de recibo de nóminas en el que no sólo figurarán las aportaciones del trabajador a la Seguridad Social, sino también las de la empresa.
Los trabajadores podrán conocer mejor el coste que para la empresa supone su contratación
1. Las nóminas, antes del cambio:
Hasta ahora, la nómina del trabajador refleja la base de cotización y el tipo de retención correspondientes a la aportación del trabajador: cotizaciones por contingencias comunes, desempleo y formación profesional.
2. Las nóminas, a partir de ahora:
Las nuevas nóminas incluirán, además de lo que reflejan por bases de cotización y tipo de retención a cargo del trabajador, el coste de cotización por parte de la empresa: contingencias comunes, desempleo, formación profesional y Fondo de Garantía Salarial (éste último sólo a cargo de la empresa).
3. Vigencia y plazo de adaptación:
El nuevo modelo de nómina puede emplearse desde la entrada en vigor de la Orden ministerial el día 12 de noviembre, aunque la norma establece un plazo de adaptación para las empresas de seis meses a partir de ahora.
4. Normativa
El nuevo modelo viene establecido por la Orden ESS/2098/2014 de 6 de noviembre del Ministerio de Empleo, que da cumplimiento a su vez a una modificación introducida en el artículo 104.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social según la cual los justificantes de pago deben informar al trabajador sobre la parte de cotización que corresponde a la empresa.