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La prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores autónomos afectados por la declaración del Estado de Alarma para la gestión de la situación sanitaria ocasionada por la COVID-19, cuya vigencia estaba limitad hasta el 30 de junio de 2020, se prorrogará hasta el 30 de septiembre, en línea con la prórroga de los ERTES hasta el 30 de septiembre. Así, lo ha establecido José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones tras haber llegado a un acuerdo con los representantes de las asociaciones de trabajadores autónomos ATA,UPTA y UATAE.
Novedades en la nueva prestación por cese de actividad
El ministro de Seguridad Social ha informado que más que una prórroga, se tratará de una nueva prestación por cese de actividad que se acercará más a la que ya existe actualmente para autónomos que cesan su actividad, el llamado “paro de los autónomos”.
A falta de las características y condiciones de esta nueva prórroga, Escrivá ha confirmado que contará con una exención de cuotas del 100% en julio; del 50% en agosto y del 25% en septiembre.
Las condiciones y características de esta prestación serán muy similares las mismas: una cuantía de 661 euros mensuales para los que cotizan por la base mínima (el 70% de la base reguladora) que podrán disfrutar durante los meses de julio, agosto y septiembre, los trabajadores autónomos que cumplan con estos requisitos:
– Que se haya visto obligado a cerrar su negocio como consecuencia del Estado de Alarma.
– Que su facturación haya caído, al menos, un 75% respecto al mismo periodo del año anterior.
Nueva prestación extraordinaria por cese de actividad para trabajadores autónomos de temporada
En el acuerdo adoptado por el Ministerio de Seguridad Social y las asociaciones de trabajadores autónomos se contempla la creación de una prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores autónomos de temporada, aquellos que concentran su actividad en los meses de verano.
Más de 1,4 millones de trabajadores autónomos cobran la prestación por cese de actividad
La prestación extraordinaria por cese de actividad para trabajadores autónomos, cuya cuantía es de 660 euros mensuales, ya ha sido solicitada por más de 1,4 millones de trabajadores autónomos.
Estas prestaciones han supuesto ya a las arcas del Estado un importe de 2.500 millones de euros que sumado a las exenciones de cuotas y los ERTES supondrá hasta finales de año un sobreesfuerzo de 30.000 millones de euros.
Por el momento, sólo cabe esperar si finalmente tiene lugar esa prórroga de la prestación por cese de actividad y en qué condiciones se seguirá aplicando.
Cuándo podrá solicitarse la nueva prestación por cese de actividad
Respecto a la solitud podrá hacerse, bien cuando termine el tercer trimestre, es decir, a partir del 30 de septiembre de 2020 con los datos reales de la contabilidad y de la facturación realizada del 1 de julio de 2020 al 30 de septiembre de 2020, o bien antes, siempre y cuando el solicitante tenga certeza de que se va a cumplir el requisito y, tenga a disposición, cuando le sea solicitado por la entidad pagadora de la ayuda, los documentos probatorios de su cumplimiento: Libros registro de facturas emitidas del tercer trimestre de 2019 y tercer trimestre de 2020, así como con las autoliquidaciones del tercer trimestre de 2019 y del tercer trimestre de 2020.
La prórroga de la prestación extraordinaria por cese de actividad para trabajadores autónomos se aprobará definitivamente en el Consejo de Ministros del próximo martes 30 de junio y entrará en vigor el miércoles 1 de julio, si no hay ningún cambio.
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