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Apoyo a la internacionalización del comercio minorista

IG272 – GALICIA EXPORTA DIGITAL 2021

APOYO A LA INTERNACIONALIZACIÓN DEL COMERCIO MINORISTA

Plazo de presentación

Desde el 27 de enero al 30 de junio de 2021

Tipo de ayuda

Subvención en régimen de concurrencia no competitiva. ORDEN DE ENTRADA.

Ayuda en régimen de mínimis.

Objeto

Apoyar a las empresas gallegas en sus procesos de internacionalización digital conscientes de que el desarrollo de las tecnologías digitales supone un enorme potencial para la mejora de la competitividad en los mercados internacionales, considerando que el desarrollo de planes empresariales de internacionalización digital repercuten en las posibilidades de negocio, posibilitando la presencia en mercados, facilitando el acceso a clientes, reduciendo los costes de transacción y publicidad, y permiten abrir canales comerciales nuevos, aportando así medios más eficaces para la potenciación de actividades económicas internacionales y el incremento de las exportaciones. Siendo el objeto último de estas bases el desarrollo y la implementación de un Plan de internacionalización digital de empresa, y las necesidades específicas en materia de marketing digital internacional del comercio minorista.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

Requisitos principales del proyecto

La subvención será de una intensidad del 80%.

Solo se podrá presentar y aprobar una solicitud por empresa, con un gasto subvencionable mínimo igual o superior a 25.000 € y máximo de 125.000 € por empresa. De superar este máximo se procederá a ajustar el gasto al límite máximo. En el caso del comercio minorista el gasto subvencionable mínimo debe ser igual o superior a 15.000 € por empresa y máximo de 125.000 € por empresa. De superar este máximo se procederá a ajustarlo a este límite máximo.  En el caso de empresas del sector de la producción agraria y de la pesca el gasto subvencionable mínimo debe ser igual o superior a 15.000 € y máximo de 37.500 € en el caso de empresas del sector de la producción agraria y 25.000 € en el caso de empresas del sector de la pesca.

Los gastos subvencionables podrán haber comenzado antes de la presentación de la solicitud de ayuda, desde el 1 de octubre de 2020. El plazo de ejecución finaliza en la fecha establecida en la concesión.

Los proveedores no podrán estar asociados ni vinculados con la entidad solicitante o con sus órganos directivos o gestores.

Conceptos subvencionables

Se considerarán gastos subvencionables todos aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para el desarrollo del plan para el cual fueron concebidos. En concreto, se subvencionan los siguientes tipos de gastos:

CONSULTORÍA necesaria para la elaboración de:

 
SOFTWARE de:

  1. OTROS GASTOS de:

 
Podrán solicitarse anticipos de hasta el 50 % del importe de la subvención concedida dentro del plazo indicado en la resolución de convocatoria
 
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, para el contrato menor (importe igual o superior a 15.000 € en el caso de prestación del servicio), el beneficiario deberá solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contratación de la ejecución de la obra, de la prestación del servicio o de la adquisición del bien, excepto que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de proveedores que las realicen, presten o suministren. En este caso, se presentará un escrito acreditativo de esta circunstancia, firmado por el representante legal o por un experto independiente.
 
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
En el caso de los activos intangibles, para ser considerados subvencionables deberán cumplir, además, todas estas condiciones: 1) Se emplearán exclusivamente en el establecimiento beneficiario de la ayuda; 2) Se considerarán activos amortizables; 3) Se adquirirán en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador; 4) Deberán incluirse en los activos de la empresa beneficiaria y permanecer asociados al proyecto a que se destina la ayuda durante por lo menos tres años.
Intensidad de ayuda
La subvención será de un máximo del 80% de los gastos subvencionables mencionados anteriormente.
Incompatibilidades
Estas ayudas son compatibles con otras ayudas o subvenciones públicas siempre que la cuantía de las ayudas acumuladas no supere
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