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NOTA DE AVISO – APROBADO REAL DECRETO-LEY 1-2017 SOBRE CLAUSULAS SUELO

Estimados Clientes;
El pasado día 21 se ha publicado el Real Decreto-ley 1/2017 [1] de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo.
Dicha norma tiene por objeto el establecimiento de medidas que faciliten la devolución de las cantidades indebidamente satisfechas por el consumidor a las entidades de crédito por intereses.
Además de las medidas previstas para agilizar estas devoluciones sin necesidad de acudir a los tribunales, como son las consistentes en obligar a las entidades de crédito a implantar un sistema de reclamación previa gratuito para el consumidor, disponer de un departamento especializado para atender reclamaciones y darlo a conocer, efectuar el cálculo de la devolución que corresponde o informar a la AEAT de los importes, también establece la reducción de aranceles notariales y registrales correspondientes, de manera respectiva, a un documento sin cuantía y a una inscripción mínima, cualquiera que sea la base.
Por lo que se refiere a la vertiente tributaria de estas devoluciones, se modifica la ley del Impuesto sobre la Renta, añadiendo una Disposición Adicional 45ª, para establecer su tributación en dicho impuesto de las devoluciones originadas por la cláusula suelo, ya sean producto de acuerdos regulados en esta norma, por sentencias judiciales o por laudos arbitrales.

Por lo tanto, en estas situaciones la tributación será la establecida en la Disposición Adicional 45ª y no la que resulta de la interpretación de las consultas evacuadas anteriormente por la Dirección General de Tributos como la Nº V2431-16, de 3 de junio de 2016.
Esperando que esta información te sea útil, recibe un cordial saludo,
Departamento Fiscal
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