Ayudas a Inversiones en Equipamiento – Galicia 2024

9 Ago 2024 | Notas de aviso

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Resolución de 29 de julio de 2024 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección del IGAPE que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones en equipamiento en Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2024 en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG408I).

El objeto de estas ayudas es apoyar a la empresa gallega en los costes de inversiones en equipamientos subvencionando sobre el volumen de inversión en maquinaria, bienes de equipamiento o sistemas informáticos

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva.

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las empresas gallegas o con un centro de trabajo en Galicia, que realicen cualquier actividad económica con la excepción de las actividades excluidas por la normativa aplicable (Reglamento (UE) nº 2023/2831-Reglamento de minimis):

  • La producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura.
  • La producción primaria de productos agrícolas y ganaderos.

No podrán tener la condición de personas beneficiarias:

a) Las empresas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007.

b) Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión que tenga declarada una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

c) Las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 31 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, cuando los solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la citada Ley 3/2004.

d) Las empresas que en el momento de la resolución de la ayuda no se encuentren al corriente de deudas con las distintas administraciones: AEAT, Seguridad Social y Consellería de Hacienda y Administración Pública.

 

Conceptos subvencionables: Inversión en activos fijos tangibles e intangibles en los que incurra la empresa desde el 1 de enero de 2024 y anteriores a la fecha de solicitud, pudiendo también incluir inversiones a realizar con posterioridad a la fecha de solicitud, hasta el 10 de diciembre de 2024.

  1. Compra de maquinaria o bienes de equipo.
  2. Programas de implantación de soluciones tecnológicas (software y hardware).

El importe mínimo de coste subvencionable total deberá ser de 40.000 €.

Las inversiones en activos fijos, materiales o inmateriales, deberán ser adquiridas en propiedad por la persona beneficiaria y deberán ser adquiridas a terceros. Los proveedores no podrán estar asociados ni vinculados con la persona solicitante o con sus órganos directivos o gestores

No serán subvencionables en ningún caso impuestos, intereses y gastos financieros, y tasas.

Se concederá una ayuda del 40 % hasta un máximo de 300.000 € para los costes subvencionables incurridos por la empresa durante el período subvencionable, que abarca desde el 1 de enero de 2024 hasta el final de las actuaciones propuestas, que no deberá sobrepasar en ningún caso el 10 de diciembre de 2024.

IGAPE_Inversiones_Bases_2024

IGAPE_Inversiones_Extracto_2024

El plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará el 7 de agosto de 2024, a las 9.00 horas, y finalizará el 10 de octubre de 2024, a las 14.00 horas, excepto que antes de esa fecha se produzca el agotamiento del crédito.