Se remite información de las AYUDAS PARA ACTUACIONES DE MEJORA DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS DE ALOJAMIENTO Y DE RESTAURACIÓN DE LA CCAA DE GALICIA – DOG núm 227 de jueves 28 de noviembre de 2019
Le recordamos que desde quattroasesoria tramitamos y justificamos estas ayudas. En caso de que estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.
A continuación se detallan los puntos destacados de las bases reguladoras:
Beneficiarios
Personas físicas y jurídicas titulares de establecimientos turísticos de alojamiento y restauración y que tengan autorizado o clasificado el establecimiento turístico en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.
Se deberá acreditar la titularidad del inmueble
Se deberá acreditar una antigüedad en el ejercicio de la actividad en el establecimiento no inferior a 5 años a la fecha de solicitud de la ayuda (se toma de base la fecha de inscripción en el REAT)
Establecimientos objeto de ayuda:
1. Establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, establecimientos de turismo rural y albergues turísticos
2. Las empresas de restauración que se enmarquen dentro del grupo I del artículo 77 de la Ley 7/2011, del 27 de octubre
Proyectos subvencionables
• Actuaciones destinadas a mejorar las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas
• Obras destinadas a la mejora de las instalaciones con la finalidad de obtener certificaciones de calidad, en especial la Q de Calidad Turística
• Actuaciones destinadas a la adaptación a las modificaciones normativas y a la mejora de la clasificación del establecimiento que supongan un incremento de categoría.
• Actuaciones de renovación y modernización de las instalaciones y envejecimiento del entorno
• Equipamientos muebles necesarios para el funcionamiento
• Actuaciones de mejora de la climatización que favorezcan la sustentabilidad con la implantación de medidas de ahorro energético.
Inversión máxima admisible: 100.000 €
Gastos subvencionables
• Gastos de obra. Inversiones netas en que incurra la entidad como consecuencia de la realización del proyecto
• Gastos de servicios profesionales vinculados al proyecto, honorarios técnicos de redacción de proyecto y dirección de obra (máximo 6% de la inversión total)
Plazo de presentación de solicitudes
• Hasta el 30 de diciembre de 2019
Plazo de ejecución de proyectos
• Desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de octubre de 2020
Cuantía Subvencionable
• Entre un 25% hasta un 35% del gasto subvencionable
Presupuesto
• 1.500.000 €
Documentación
Concurrencia competitiva.