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AYUDAS PARA LA PROMOCION Y CONSOLIDACION DEL EMPLEO AUTONOMO

Estimado Cliente,

Se remite información de la convocatoria de AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN Y CONSOLIDACIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO- TR341D – AYUDAS A PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS POR LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS ASALARIADAS – TR349F. DOG núm 18 de viernes 25  de enero de 2019.

Le recordamos que desde quattroasesoria tramitamos y  justificamos estas ayudas. En caso de que estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.

A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria:

Beneficiarios

PROGRAMA I – Ayudas a la promoción del empleo autónomo – TR341D

1.- Personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo, que procedan a la creación de su propio puesto de trabajo mediante su constitución en personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia y que desenvuelvan su actividad empresarial en Galicia y que reúnan los siguientes requisitos:

2.- Trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia podrán ser beneficiarios cuando formen parte de comunidades de bienes o sociedades civiles de nueva creación (constituidas a partir del 1/10/2018), siempre que lo soliciten a título personal

 PROGRAMA II – Ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas – TR349F

1.- Personas trabajadoras autónomas o personas profesionales por la primera contratación que realicen con carácter indefinido durante su primer año de actividad.

2.- Personas trabajadoras autónomas o personas profesionales por la segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido durante los tres primeros años de actividad.

Actuaciones Subvencionables

 PROGRAMA II – Ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas – TR349F
Contrataciones indefinidas iniciales que se formalicen desde el 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019
La contratación indefinida puede ser a tiempo completo o parcial, incluida la modalidad de fijo discontinuo

– REQUISITOS:
    – Contratación indefinida inicial de personas trabajadoras desempleadas
    – La primera contratación deberá hacerse durante el primer año de actividad. La segunda y tercera podrá formalizarse hasta el tercer año de actividad.
    – La primera contratación sera subvencionable cuando en la fecha en que se formalice el contrato no haya otra persona indefinida contratada ni se contratase con carácter indefinido, con anterioridad, otra persona excepto que ese contrato indefinido se extinguiese por dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de la persona trabajadora, o por resolución durante el período de prueba.
    – Serán subvencionables la segunda y tercera contratación siempre que con anterioridad a este contrato no se realizasen dos o mas contrataciones indefinidas

No se admitirá la contratación con personas que en los 24 meses anteriores a la contratación prestasen servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato de carácter indefinido o en los últimos 3 meses mediante un contrato de carácter temporal.

Plazo de Presentación de Solicitudes

 30  de septiembre de 2019

Para las contrataciones realizadas entre el 1 de octubre de 2018 y el  25 de enero de 2019, el plazo de presentación es hasta el 25 de marzo.
Para las contrataciones realizadas con posterioridad al 26 de enero de 2019, tendrán de plazo dos mes desde la fecha de la contratación y como fecha  límite el 30 de septiembre de 2019

Cuantía Subvencionable

 PROGRAMA I – Ayudas a la promoción del empleo autónomo – TR341D

            De aplicarse todos los incrementos, la cuantía podría ser de 9.000 €.

  PROGRAMA II – Ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas – TR349F

Estas cuantías podrán incrementarse en un 25% en los siguientes casos : si la persona que se incorpora es una mujer; En el caso de que el centro de trabajo se encuentre en un ayuntamiento rural, personas mayores de 45 años, persona emigrante retornado, persona trans.

            De aplicarse todos los incrementos, la cuantía podría ser de 11.250 € para la primera contratación y de 15.750 € para la segunda y tercera contratación.

Presupuesto

Documentación

Concurrencia no competitiva

Si tienen alguna cuestion que aclarar, no duden en comunicarse con nosotros.

Un saludo