A través de esta Nota de Aviso, os informamos del calendario de impuestos para Enero de 2021, tomad nota porque es muy importante.
En este mes de ENERO, además de presentar los modelos de IMPUESTOS correspondientes al 4º TRIMESTRE, también hay que presentar los RESUMENES ANUALES de todos los modelos presentados.
Además, recordad que en el mes de ENERO también se presenta el Modelo 184 en el que se declaran los ingresos y gastos de las entidades en régimen de atribución de rentas (Cdad. Bienes, S. Civiles…).
PLAZOS:
El día 20 de enero finaliza el plazo para presentar los modelos correspondientes a retenciones del 4º trimestre: Los principales modelos son los siguientes:
111: retenciones del trabajo y profesionales
115: retenciones de alquileres
123: retenciones de intereses y dividendos
El día 15 de enero (viernes) es el último día para DOMICILIARLOS
El lunes día 1 de febrero finaliza el plazo para presentar los modelos de IVA y pagos fraccionados de renta, además finaliza el plazo para presentar los modelos RESUMEN ANUALES y el MODELO 184 de ingresos y gastos de entidades en Régimen de Atribución de Rentas relativos al ejercicio 2020:
130: pago fraccionado del IRPF, estimación directa
131: pago fraccionado del IRPF, estimación objetiva.
303: IVA trimestral o mensual
349: Declaración recapitulativa operaciones intracomunitarias
390: Resumen ANUAL IVA 2019.
180: Resumen anual retenciones alquileres
190: Resumen anual retenciones trabajo y profesionales
193: Resumen anual retenciones intereses y dividendos
184: Resultados de las entidades en Régimen de Atribución de Rentas.
El día 25 de enero (lunes) es el último día para DOMICILIARLOS.
AVISOS:
Recordaros que en el modelo 180 resumen de retención de alquileres hay que informar del perceptor, así como de la referencia catastral del inmueble alquilado y la situación del mismo.
También recordad que desde la entrada en vigor del régimen de operaciones vinculadas conviene revisar si existen préstamos o saldos importantes con partes vinculadas con el fin de calcular los correspondientes intereses e ingresar la retención.
Los autónomos que hayan recibido reintegro de sus cuotas por la bajada de actividad durante el Estado de Alarma, deberán incluir en sus datos los reintegros recibidos para tenerlos en cuenta como un menor gasto de la actividad.
Para cualquier duda, llame al 986226483 o bien envíe un mail a fiscal@quattroasesoria.com
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