¿ Como saber si estas obligado a realizar la declaración de la Renta 2022 ?

26 Abr 2023 | Actualidad, Blog

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Con el arranque de la Campaña de la Renta 2022, muchos contribuyentes se hacen varias preguntas y una de las mas importantes sin duda, es si están obligados a realizar la declaración de la renta

En primer lugar, hay que recordar que no todos los contribuyentes están obligados a hacer la declaración.

Aquellos que hayan tenido un solo pagador y hayan percibido ingresos por debajo de 22.000 euros no estarán obligados a presentarla. Quienes superen esta cifra sí tendrán que hacer esta gestión.

Asimismo, quienes hayan tenido dos o más pagadores en el ejercicio pasado y hayan ganado menos de 14.000 euros al año estarán exentos de tributar, siempre que los ingresos a partir del segundo pagador no superen, en total, 1.500 euros anuales.

Si se han tenido dividendos, intereses y ganancias patrimoniales inferiores a 1.600 euros, tampoco se deberá hacer la declaración.

Tampoco deberán hacerlo quienes hayan obtenido menos de 1.000 euros en rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas.

Si se han recibido ayudas públicas por un valor superior a 1.000 euros al año, debe hacerse la declaración. Aquí, por tanto, se incluyen a los beneficiarios del cheque de 200 euros y el Bono Cultural Joven, si junto a otros ingresos se supera ese umbral.

Por tanto, en resumidas cuentas, si se reciben 22.000 euros o más de un solo pagador, es obligatorio hacer la declaración, algo que se extiende a quienes hayan ingresado más de 14.000 euros en el caso de dos o más pagadores, siempre que la cantidad del segundo y el resto sume en total más de 1.500 euros.

​Cabe decir que, aunque no exista obligación, quien quiera puede hacer la declaración de manera voluntaria si, por ejemplo, les sale a devolver. Para saberlo, los contribuyentes pueden acceder a su borrador o al simulador de la renta.

Además, de cara a 2024 habrá cambios. En los Presupuestos Generales del Estado de 2023 se aprobó un aumento del mínimo exento de presentar la declaración de 14.000 a 15.000 euros, así como una rebaja del IRPF para rentas inferiores, hasta 21.000 euros anuales. Estas modificaciones no tendrán efectos en esta declaración, sino en la del próximo año.

 ¿Qué ocurre si he recibido el Ingreso Mínimo Vital?

Aquellas personas que hayan obtenido el Ingreso Mínimo Vital (IMV) deben presentar la declaración de la renta de forma obligatoria, independientemente de la cuantía que hayan percibido.

No obstante, el organismo recuerda que el IMV en si mismo es una renta exenta y la gran mayoría de sus beneficiarios no tendrán que incluirlo en su declaración, pero sí deberán presentarla. Por ello, matiza que en muchos casos la cuota será cero, es decir, ni ingresar ni devolver, y si no se ha obtenido ninguna otra renta, la casilla saldrá con importe cero.

¿Y si he cobrado un ERTE?

Los ingresos obtenidos por el Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) son rendimientos de trabajo sujetos al IRPF y, por tanto, no están exentos. No obstante, si en 2022 solo se han percibido ingresos del ERTE, no existe obligación de declarar si la cantidad percibida no supera los 22.000 euros.

En el caso de haber tenido dos o más pagadores diferentes, hay dos supuestos. Si el importe percibido por parte del segundo y el resto de pagadores -por orden de cuantía- es menor a 1.500 euros, no existe obligación de declarar si la suma total de rendimientos del trabajo no supera los 22.000 euros.

Por el contrario, si el importe del segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros, no existirá obligación de declarar si la suma total de rendimientos del ejercicio es inferior a 14.000 euros.

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