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NOTA DE AVISO-Cambios en las declaraciones informativas de los modelos 347 y 180

En el BOE del 26 de septiembre, se ha publicado la Orden HAP/1732/2014, de 24 de septiembre, que modifica la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación; y la Orden de 20 de noviembre de 2000, por la que se aprueban los modelos 115, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso, los modelos 180, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos del IRPF, del IS y del IRNR, correspondiente a establecimientos permanentes, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores del citado modelo 180 por soportes directamente legibles por ordenador y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática. La referida norma entra en vigor a partir del día 27 de septiembre y será de aplicación por primera vez para la presentación de las declaraciones informativas correspondientes a los citados modelos 347 y 180 correspondientes al ejercicio 2014.


En cuanto al modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, la modificación que se efectúa por esta orden consiste en la aprobación de un nuevo modelo y de los diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los archivos que se generen para la presentación telemática y los soportes directamente legibles por ordenador. Estas reformas se han debido a las modificaciones que tanto en la Ley del IVA como en su Reglamento han introducido respectivamente, la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, y el Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre, y que han implicado importantes cambios en la regulación de la referida declaración que han afectado tanto al ámbito subjetivo como a la información a suministrar en la propia declaración, entre los que destacamos:

Por lo que respecta al modelo 180 la modificación consiste en la aprobación de unos nuevos diseños físicos y lógicos, para incluir en el mismo la información correspondiente a las referencias catastrales y a los datos necesarios para la localización de los inmuebles urbanos arrendados. Con esta modificación la información comprendida en este Resumen anual de retenciones, tendrá un contenido coincidente con la Declaración anual de operaciones con terceras personas por las operaciones de arrendamiento de inmuebles urbanos que sean locales de negocio y estén sujetos a retención, quedando excluidas del deber de declaración del arrendador en el modelo 347.