Ya estamos inmersos en la campaña de la declaración de la renta 2017. Este año se han ampliado los días que dura esta campaña.
Por otro lado otra de las novedades de este año es que se elimina el envío de borradores por correo postal, aunque la AEAT mantiene el envío postal de datos fiscales. Dando fuerza a las nuevas tecnologías y así reduciendo el consumo de papel.
En cuanto a los sistemas de identificación para la obtención de los datos fiscales, como en años anteriores serán el certificado electrónico, cl@ve pin y número de referencia (Reno), aunque este último dejará de enviarse por SMS para ser accesible en la pantalla de la aplicación.
Y desde un punto de vista plenamente fiscal, estos son los cambios en la renta 2017 que no debes perder de vista. Deducciones, mínimos personales y otras cuestiones clave:
Una de las novedades de la renta 2017 es se amplían los casos en los que los gastos de estudio para la capacitación o reciclaje del personal dejan de ser retribución en especie. Para que lo entiendas mejor, hablamos de los cursos que te paga la empresa para mejorar profesionalmente.
Con la nueva normativa, ya no tendrás que tributar como si fuese parte de tu salario por los cursos necesarios para el desarrollo de tu trabajo que te pague la empresa.
Si eres autónomo, recuerda que la formación es uno de los gastos que puedes deducir como autónomo en la renta.
Desde 2017 se amplían también los supuestos en los que podrás aplicar el mínimo familiar por descendiente. Ahora también se asimilan a estos efectos las personas que tengan bajo su tutela o acogimiento a menores de tres años o que tengan atribuida por resolución judicial su guarda y custodia.
A modo de ejemplo, esto se aplicaría a una persona que tenga a su cargo a un niño que haya sufrido violencia de género por parte de sus padres.
Los derechos de suscripción de acciones cambian radicalmente. En este enlace te contamos todo lo que debes saber al respecto sobre cómo tributan las acciones y los derechos de suscripción en la renta: Cómo tributa la venta de derechos sobre acciones en la renta
Compensar pérdidas y ganancias patrimoniales es una de las mejores formas de ahorrar en la renta 2017. Desde el pasado ejercicio se puede además compensar el saldo de ganancias patrimoniales con los rendimientos de capital mobiliario con un límite del 20%.
Seis consejos de nuestro Departamento fiscal
1.- ¡Ojo con la app móvil y con la opción de confirmar en un solo clic! El borrador puede contener errores y siempre debe revisarlo un profesional.
2.- Se acabó el envío de borradores por correo postal a casa, aunque sí se seguirán enviando los datos fiscales.
3.- Durante esta campaña de Renta habrá un servicio telefónico personalizado para realizar la declaración, pero no estará asistido por funcionarios técnicos de Hacienda. Se recomienda nuevamente informarse con un abogado o un asesor fiscal externo a la Agencia Tributaria.
4.- Ahora será más sencillo el acceso a los datos fiscales, sin SMS con número de referencia, ahora mediante la app móvil o por ordenador con certificado digital, Clave PIN o la referencia del importe de la casilla 450 de la anterior declaración.
5.- Como siempre, hay que revisar los datos fiscales con mucha calma. Especial atención al tratamiento fiscal de aquellos que han tenido devoluciones por la reclamación de la cláusula suelo, los afectados por la resolución del Banco Pastor, a las deducciones autonómicas, y a los bienes inmuebles que se tengan alquilados o en propiedad.
6.- La tranquilidad solo la tendremos cuando seamos conscientes de que lo hemos hecho bien, no por haber confirmado el borrador lo antes posible. Y es que la aplicación móvil está orientada precisamente a esto: confirmar el documento emitido por Hacienda lo antes posible. Y esto muchas veces provoca que haya determinadas deducciones que no nos hemos aplicado, aun teniendo derecho a ello.
Si tienes alguna duda respecto a tu declaración de la renta, puedes contactar con nuestro Departamento Fiscal
NOTA DE AVISO – CAMPAÑA DE RENTA 2017
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