Resolución de 2 de julio de 2019 por la que se da publicidad al acuerdo del Consello de Dirección IGAPE que aprueba las bases reguladoras de préstamos directos para la financiación empresarial en Galicia, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva
Podrán ser beneficiarias de los préstamos regulados en estas bases aquellas empresas que cumplan los siguientes requisitos:
- Realizar una iniciativa empresarial en un centro de trabajo, objeto del proyecto de inversión, localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Cumplir las condiciones establecidas específicamente para la correspondiente modalidad de préstamo, conforme a los requisitos detallados en la convocatoria
- Aportar para el proyecto de inversión una contribución financiera mínima del 25 % del proyecto, exenta de cualquier tipo de apoyo público.
Podrán ser financiados los siguientes elementos:
- Bienes tangibles cuyo uso previsto por la beneficiaria sea la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para fines administrativos: terrenos y bienes naturales, construcciones, instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje, otras instalaciones, mobiliario, equipos para proceso de información y elementos de transporte, así como otro inmovilizado material necesario para el desarrollo de la actividad.
- Bienes intangibles, tales como investigación, desarrollo, concesiones administrativas, propiedad industrial o intelectual, derechos de traspaso y aplicaciones informáticas.
- Gastos de investigación, desarrollo e innovación
- Capital de explotación: entendiendo como tal el incremento permanente de capital circulante necesario para el crecimiento del negocio vinculado al proyecto
El proyecto deberá presentar un coste financiable igual o superior a 1.500.000 € más impuestos.
Este límite no se aplicará a los proyectos que, al amparo de lo previsto en el artículo 15 de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, sean declarados proyecto empresarial singular o formen parte de un proyecto que cuente con la declaración de proyecto empresarial singular.
IGAPE_FinanciacionEmpresarial_2019
IGAPE_FinanciacionEmpresarial_Extracto_2019
IGAPE_FinanciacionEmpresarial_Resumen_2019
IGAPE_FinanciacionEmpresarial_Modificacion_2019
IGAPE_FinanciacionEmpresarial_Modificacion_Extracto_2019
El plazo de presentación de solicitudes finalizará cuando se produzca la primera de las siguientes circunstancias:
- Que, conforme a las solicitudes recibidas, se agote el crédito presupuestario
- El 31 de diciembre de 2019.