Los contribuyentes podrán deducir el 10,05 % de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales, además de las deducciones autonómicas que por este concepto pudiera haber aprobado cada Comunidad Autónoma para el ejercicio 2011.
La base máxima sobre la que se aplica esta deducción es de:
- 9.040 euros anuales, cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales.
- 9.040 – [1,4125 x (BI – 17.707,20)], cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales.