Ayudas a la transformación digital y modernización del sector comercial y artesanal en la CCAA Galicia -CO300C

8 Jun 2022 | Actualidad, Notas de aviso

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Remitimos información de la convocatoria de las AYUDAS A LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y MODERNIZACIÓN DEL SECTOR COMERCIAL Y ARTESANAL EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA – CO300C- DOG núm 98 de 23 de mayo de 2022

Os recordamos que desde quattroasesoria ejecutamos y justificamos estas ayudas. En caso de que estuviera interesado quedamos a su disposición para que nos consulte.

A continuación, se detallan los puntos destacados de la convocatoria:

Beneficiarios

• Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas.

REQUISITOS:

1. Comerciantes minoristas:

1. Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la Comunidad Autónoma, que no tengan la consideración de gran establecimiento comercial según la normativa aplicable y que cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad. En caso de comerciantes que realicen la actividad comercial en línea, deberán tener el domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. Que, teniendo la condición de pyme conforme a los requisitos establecidos por la Comisión Europea en el Reglamento de la Unión Europea 651/2014 (DOUE 187, de 26 de junio), tengan un número de trabajadores/as igual o inferior a veinte (20), incluidas las personas en situación de autoempleo.
3. Que estén dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II y III y que este constituya la actividad principal de la persona solicitante. Anexo III: 641, 642, 643, 644, 645, 647 (excepto 647.4 y 647.5), 651, 652 (excepto 652.1), 653 (excepto 653.4), 656, 657, 659, 665; Anexo II: 255.2, 253.6, 41, 421, 43, 44, 45En caso de que la actividad principal sea una actividad de los epígrafes relacionados en el anexo III, deberá estar dado de alta en alguna actividad comercial relacionada en el anexo II.
4. Que desarrollen la actividad comercial en un establecimiento comercial con una superficie de exposición y venta igual o inferior a 300 metros cuadrados, excepto que la actividad comercial se encuadre en el epígrafe 653.1 del IAE.

2. Talleres artesanos:

1. Que estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia. En el caso de nuevos talleres, podrán solicitar la inscripción en dicho registro hasta el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

EXLUSIONES:
• Las empresas en crisis según el nº 18 del artículo 2 del Reglamento 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
• Las empresas que, habiendo sido beneficiarias del procedimiento CO300C hubiesen renunciado o hubiesen perdido el derecho al cobro de la subvención en el año 2021.
• Aquellas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Proyectos Subvencionables

1. LINEA DE DIGITALIZACIÓN COMERCIAL
Se establecen dos módulos de actuaciones subvencionables en función del grado de digitalización del comercio. La realización de las actuaciones del módulo I y las del módulo II son incompatibles y excluyentes entre sí.

• Talleres artesanos y comerciantes minoristas con tienda física

Módulo I

Talleres artesanos y comerciantes minoristas con tienda física sin página web o página web sin actualizar:
• La digitalización básica del entorno comercial omnicanal, que supone obligatoriamente la realización del conjunto de las siguientes actuaciones:
o Implantación o actualización de página web sin venta en línea. La página web deberá cumplir los requisitos que figuran más abajo
o Hardware (sistema TPV o tablet) y lector de código de barras.
o Software de pago adaptado a la actividad comercial desarrollada (máximo 12 meses).
o Impresora de código de barras térmica 1D/2D.
o Herramientas de marketing digital (SEO, SEM, ADS, inbound marketing, CRM, web analytics).

Módulo II.

a) Talleres artesanos y comerciantes minoristas con tienda física y página web sin venta en línea, que tengan implantadas todas las actuaciones del módulo I:

• Implantación de página web con venta en línea. La página web deberá cumplir los requisitos que figuran más abajo
• Sistemas digitales de stock integrado en el punto de venta.
• Herramientas de marketing digital (SEO, SEM, ADS, inbound marketing, CRM, web analytics).
• Logística e-commerce que deberá cumplir los requisitos que figuran más abajo
• Gestor de redes sociales, máximo 12 meses dentro del período subvencionable y con los requisitos que figuran más abajo

b) Talleres artesanos y comerciantes minoristas con tienda física y página web con venta en línea, que tengan implantadas todas las actuaciones del módulo I:

• Mantenimiento de la página web (máximo 12 meses). La página web deberá cumplir los requisitos que figuran más abajo
• Mejoras de los sistemas digitales de stock integrado en el punto de venta.
• Mejoras de las herramientas de marketing digital (SEO, SEM, ADS, inbound marketing, CRM, web analytics).
• Logística e-commerce que deberá cumplir los requisitos que figuran más abajo
• Sistemas de click and collect
• Gestor de redes sociales, máximo 12 meses dentro del período subvencionable y con los requisitos que figuran más abajo
• Imagen digital.
• Sistemas digitales de control de accesos.

• Comerciantes minoristas sin tienda física

Módulo I

Comerciantes minoristas sin tienda física:
• La puesta en marcha de la actividad comercial con venta en línea, que supone obligatoriamente la realización del conjunto de las siguientes actuaciones:
o Implantación o actualización de página web con venta en línea. La página web deberá cumplir los requisitos que figuran más abajo
o Sistemas digitales de stock integrado.
o Herramientas de marketing digital (SEO, SEM, ADS, inbound marketing, CRM, web analytics).
o Logística e-commerce que deberá cumplir los requisitos que figuran más abajo
o Gestor de redes sociales, máximo 12 meses dentro del período subvencionable y con los requisitos que figuran más abajo
o Imagen digital.

Módulo II

1. Comerciantes minoristas sin tienda física, que tengan implantadas todas las actuaciones del módulo I:
• Mantenimiento de la página web (máximo 12 meses). La página web deberá cumplir los requisitos que figuran más abajo
• Mejoras de los sistemas digitales de stock integrado.
• Mejoras de las herramientas de marketing digital (SEO, SEM, ADS, inbound marketing, CRM, web analytics).
• Gestor de redes sociales, máximo 12 meses dentro del período subvencionable y con los requisitos que figuran más abajo
• Imagen digital.

2. LÍNEA DE MODERNIZACIÓN COMERCIAL.

Talleres artesanos y comerciantes minoristas con tienda física.
• La adquisición, en régimen de propiedad, de equipamientos propios de la actividad comercial y artesanal, que deberán ser en todo caso de primer uso; en concreto: maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionado con la actividad comercial o artesanal, así como otra maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial o artesanal que mejoren el diseño y la calidad del producto final.
La inversión máxima subvencionable para la adquisición de equipamientos propias de la actividad comercial y artesanal es de 7.000,00 € (IVA excluido).

EXCLUSIONES:

1. La adquisición de ordenadores, dispositivos móviles, televisores, reproductores de sonido e imagen y terminales o lectores de tpv, excepto los establecidos en el módulo I.
2. Adquisición de maquinaria propia de procesos industriales, en el caso de artesanos, y adquisición de maquinaria e instrumentos propios de servicios profesionales. Inversiones destinadas a locales para uso de la actividad artesanal.
3. La adquisición de materia prima de la actividad artesanal.
4. Aquellas que no estén directamente vinculadas con la realización de la actuación subvencionable.
Requisitos de los proyectos

1. Páginas web.

o Registro del dominio por un período de un año, en el que figure como titular el negocio para el cual se desarrolla el servicio.
o Proporcionar el alojamiento (hosting) durante un año, para que la web esté disponible durante ese período de tiempo
o El hosting deberá disponer de certificado para comunicaciones seguras SSL y estar configurado para que emplee el protocolo HTTPS.
o La página web debe contener, por lo menos, 4 secciones o apartados tales como inicio, empresa, servicios o productos y contacto.
o Sin perjuicio de las secciones o apartados anteriores, la web deberá incluir aquellos textos legales necesarios para el cumplimiento normativo, así como un sistema de gestión de cookies que permita seleccionar al usuario las cookies o grupos de cookies que desea autorizar a instalar según la finalidad de estas.
o Web autogestionable: deberá contar con un panel de gestión de los contenidos para que el beneficiario pueda cambiar la información del sitio web.
o Web responsive: debe estar adaptada a todos los dispositivos.
o Se incorporarán enlaces a las redes sociales de la empresa si esta dispone de ellas
o La web deberá ser desarrollada para el comercio en un gestor de contenidos (CMS) o a medida, de forma que permita el acceso al código para futuros cambios y mejoras de la web con independencia de la empresa que la desarrolle. La web deberá ser en propiedad y nunca en alquiler. Se excluyen de esta subvención las soluciones cloud propietarias y cerradas.
o La página web contará con una optimización SEO básica que implicará que todas las páginas lleven título, descripción y los elementos fundamentales como un robots.txt idóneo y un sitemap del sitio.
o Las imágenes deberán estar optimizadas empleando la resolución óptima para web de 72 dpi y procurando que su peso sea el menor posible.
o Deberá tener instalada una herramienta de analítica web para el conocimiento del tráfico de la página por parte del negocio.

En el caso de páginas webs con venta en línea, además de las características técnicas previstas anteriormente, deberán:

• Disponer de un sistema de gestión para la venta de los productos por parte del comerciante.
• En caso de que se solicite la herramienta de gestión, estar sincronizada con el sistema de gestión del establecimiento comercial.
• Tener disponible para la venta en línea un mínimo del 50 % de las referencias de las que se disponen en la tienda física.
• Tener pasarela de pago.
Las páginas webs deberán cumplir las siguientes consideraciones legales en materia de información:
• Todas las webs deberán cumplir con la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y del comercio electrónico. Específicamente, deberán contar con un aviso legal donde figure la información del responsable del sitio y las condiciones generales de uso de la web. Incluirán, por tanto: la página de política de cookies y aviso legal.
• Adicionalmente, incluirán la página de política de privacidad en la que se especificarán las condiciones del tratamiento de los datos personales (RGPD y LOPDGDD).
• Asimismo, deberán cumplir con los requisitos exigidos en el Real decreto legislativo, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias, en especial lo contenido en el artículo 97 (información contractual), y en los artículos relativos a las cláusulas abusivas (artículos 82 a 91).
• Deberán tener en cuenta, además, lo establecido en el Reglamento de la UE 524/2013 del Parlamento Europeo y Consejo, de 31 de mayo de 2013, sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo y por el que se modifica el Reglamento de la CE nº 2006/2004 y la Directiva 2009/22/CE, así como la Ley 2/2012, de 28 de marzo, gallega de protección general de personas consumidoras y usuarias.
• Todo ello sin perjuicio del cumplimiento de las demás disposiciones vigentes que en materia de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico y de defensa de los consumidores les sea de aplicación.

2. Logística e-commerce.

• Los gastos logísticos y de transporte de los envíos en línea al domicilio o punto de entrega de la persona consumidora deberán ser realizados por un operador logístico externo

3. Gestor de redes sociales.

Los servicios profesionales de gestión de redes sociales deberán incluir, como mínimo:

• Un mínimo de dos publicaciones en redes sociales por semana y un plan de contenidos mensual consensuado con el negocio.
• Contenidos multiformato: texto, imagen, vídeo, story sobre la empresa, el sector y las áreas relacionadas con el negocio que puedan interesar a las personas seguidoras de sus redes sociales.
• Imágenes no pixeladas y con un mínimo de 72 dpi y 600×600 píxeles.
• Creación y diseño de contenidos de calidad que mejoren la imagen de los productos y el posicionamiento de la empresa.

Plazo de ejecución

• Desde el 1 de diciembre de 2021 hasta el 14 de octubre de 2022.

Plazo de Presentación

• Desde el 24 de mayo de 2022 hasta el 23 de junio de 2022.

Cuantía de la ayuda

• 80 % de las inversiones con los siguientes LÍMITES:

LINEA DE DIGITALIZACIÓN COMERCIAL

1. Talleres artesanos y comerciantes minoristas con tienda física

2. Comerciantes minoristas sin tienda física:

Presupuesto

• 6.000.000,00 €

Documentación

• Orden de Bases (DOG-Nº98 – 23.05.2022)

Concurrencia competitiva