La Reforma Fiscal no ha supuesto un incremento de los tipos de IVA, tan solo se ha modificado la tributación de algunos productos sanitarios, que pasan del 10% al 21%. A su vez, las flores y plantas vivas sufren el cambio contrario, pasando a tributar del 21% al 10%. Los cambios más significativos son los siguientes:
* Se modifican las reglas de localización de los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión, y televisión y de las prestaciones de servicios efectuadas por vía electrónica, que se gravarán donde esté establecido el destinatario del servicio, sea o no empresario, al margen de donde esté establecido el prestador.
* Se amplia la exención educativa a los servicios de atención a niños durante las horas de comedor escolar o guardería fuera del horario ordinario, con independencia de que se realice con medios propios del centro docente o ajenos.
* Se suprime la exención aplicable a las entregas y adjudicaciones de terrenos realizadas entre la Junta de Compensación y los propietarios de aquellos.
* Renuncia a las exenciones en las transmisiones de inmuebles. Las transmisiones tributan por Transmisiones Patrimoniales, a no ser que el adquirente renuncie a la exención. A partir de ahora la renuncia no estará vinculada a que el que compra tenga derecho a la deducción total del impuesto. Será suficiente con que pueda deducirlo parcialmente.
* Modificación de la base imponible por créditos incobrables. Se amplia de uno a tres meses el plazo para realizarla en caso de concurso del deudor, y de seis meses a un año en el caso de créditos incobrables para pymes.
* Inversión del sujeto pasivo. Se amplían los supuestos de inversión a la entrega de determinados productos, tales como teléfonos móviles, ordenadores portátiles, tabletas digitales, así como la plata y el platino. Serán los que adquieren estos productos quienes declaren el IVA y no el que los vende. Los que realicen la inversión estarán obligados a comunicar las operaciones así realizadas. La falta de comunicación se sancionará con una multa del 10% de las cantidades no declaradas.