Aprobada por el Senado la LEY DE AUTONOMOS

11 Oct 2017 | Notas de aviso

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La Cámara Alta ha aprobado por unanimidad la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo este miércoles, que entrará en vigor al día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE), pese a que no lo harán todas las medidas, ya que algunas no estarán disponibles hasta el 1 de enero de 2018.
Entre las medidas que entrarán en vigor a principios de año están la de ampliar la tarifa plana de 50 euros a un año para nuevos autónomos, el aumento de las bonificaciones de la tarifa plana hasta los 24 meses (los seis meses siguientes a los doce de la tarifa de 50 euros, se bonifica al 50% y los últimos seis al 30%) o la reducción de los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad social a la mitad.
También tendrán que esperar a principios de año para la reducción de un 30% de los gastos en suministros, para obtener la deducción de 26,67 euros diarios en el IRPF por gasto en comida o para pagar únicamente desde el día efectivo que se dan de alta o de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Desde la oposición, la mayoría de los representantes políticos en el Senado han asegurado que este es «un avance pero escaso», porque no «analiza los problemas de fondo». También han criticado que no se haya aceptado ninguna enmienda que mejorase el texto.
La iniciativa, que fue aprobada por el Congreso pasado 29 de junio y llevada a la Cámara por Ciudadanos, amplía las bonificaciones en el abono de las cuotas, extendiendo hasta un año la tarifa plana de 50 euros –o una reducción del 80% de una cuota superior– para nuevas altas o reincorporaciones con un espacio mínimo de dos años, aumenta las deducciones y la flexibilidad a la hora de darse de alta y baja en el régimen de trabajo por cuenta propia.
Así, los autónomos podrán cambiar de base cuatro veces al año en lugar de las dos actuales y las bajas y altas en el RETA se podrían realizar hasta tres veces al año, siendo efectivas en el día realizado. De esta forma, únicamente se pagará la cuota de los días en los que el autónomo esté dado de alta y no el mes completo.
Bajas y descuentos por maternidad
Varias de las medidas incluidas en la ley suponen un aumento de la protección social de los autónomos, extendiendo las bonificaciones del 100% de la base de cotización para los autónomos durante las bajas de maternidad, paternidad, adopción, acogida y riesgo durante el embarazo o lactancia, sin necesidad de que tenga que ser sustituido por otro trabajador.
Asimismo, esta bonificación será compatible con las bonificaciones aplicables a los contratos con personas desempleadas que sustituyan a trabajadores autónomos durante estos períodos de descanso.
Para las mujeres que hayan cesado su actividad y vuelvan tras la baja de maternidad, adopción, guarda, acogida o tutela, la tarifa de cotización será de 50 euros al mes durante el primer año o una bonificación del 80% sobre la cuota por contingencias comunes en los supuestos de que tengan otras bases de cotización. Asimismo, la edad del menor cuyo cuidado da derecho a bonificaciones se eleva de 7 a 12 años.
Por otro lado, se amplía la cobertura de las contingencias profesionales para los accidentes ‘in itinere’ y la participación de los trabajadores autónomos en programas de formación e información respecto a la prevención de riesgos laborales.
Además, también permite la compatibilización del trabajo y el cobro del 100% de la pensión siempre que el autónomo tenga contratado, como mínimo, a otro trabajador por cuenta ajena.
Deducciones en gastos de suministro y manutención
La ley también establece deducciones para los gastos de suministros de agua, luz, electricidad y telefonía cuando el autónomo trabaja desde su casa, concretamente del 30%.
Asimismo, también se establecen deducciones para la manutención de hasta 26,67 euros diarios cuando estos pagos se realicen de forma electrónica en establecimientos de hostelería y restauración, 48,08 euros diarios en el caso de que sea en el extranjero.