NOTA DE AVISO – Aprobado plazo especial de renuncia al REDEME en el IVA

31 May 2017 | Notas de aviso

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Estimado cliente:
Se ha modificado el Reglamento de IVA, vía RD 529/2017, de 26 de mayo, para habilitar un plazo especial de baja en el registro de devolución mensual de IVA (REDEME).
El plazo habilitado para comunicar la baja al REDEME mediante la presentación de la declaración censal (modelo 036/037) es hasta el 15 de junio de 2017 (inclusive).
Y dicha baja tendrá efectos a partir del 1 de julio de 2017.
A las empresas que no han superado el volumen de operaciones de 6.010.021,04 euros anuales en el año 2016, les puede interesar solicitar la baja en el REDEME en este plazo extraordinario. Con ello, no estarían obligados a partir del 1 de julio de 2017, a aplicar el sistema de SII. Sistema que consiste en la remisión a Hacienda por internet de los registros de facturación de la empresa de forma inmediata ( cada 8 días naturales en el segundo semestre de 2017 y cada 4 días naturales a partir del 2018 ).
Para cualquier duda o aclaración que precise, no dude en ponerse en contacto con el Departamento Contable.
Un saludo