NOTA DE AVISO – GALICIA EMPRENDE: Ayudas a Nuevos Emprendedores – IGAPE

17 Abr 2017 | Notas de aviso

Inicio » Notas de aviso » NOTA DE AVISO – GALICIA EMPRENDE: Ayudas a Nuevos Emprendedores – IGAPE

Resolución de 30 de marzo de 2017 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para nuevos emprendedores, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva (Galicia Emprende)

Serán subvencionables los proyectos de creación de pequeñas y medianas empresas por nuevos emprendedores, así como los proyectos de inversión para la ampliación de pequeñas y medianas empresas ya creadas, siempre que cumplan los requisitos para ser consideradas nueva pyme (su fecha de alta censal no tengan una antigüedad superior a 42 meses en el momento de la solicitud de ayuda)

Los proyectos deben presentar un coste subvencionable superior a 25.000 € y no superior a 500.000 €.

A efectos de cálculo de la subvención a fondo perdido, se considerarán integrados en la base subvencionable, entre otros, los conceptos siguientes:

a) Inversiones realizadas en:
1º. Obra civil para construcción, reforma o habilitación de instalaciones
2º. Bienes de equipo: maquinaria de proceso, equipos informáticos, mobiliario…
3º. Otras inversiones en activos fijos mobiliarios.
4º. Activos inmateriales

b) Gastos de investigación y desarrollo y el canon fijo de franquicias en su primer año.

c) Los gastos de alquiler de bienes inmuebles, hasta un plazo máximo de diez meses.

d) Los gastos del informe de auditor

e) Los gastos de reforma de instalaciones en bienes inmuebles arrendados

f) Igualmente, se considera subvencionable la adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento cuando se cumplan las siguientes condiciones:
1º. Que el establecimiento cerrara o cerraría si no fuera adquirido.
2º. Que los activos sean adquiridos a un tercero no relacionado con el comprador.
3º. Que la operación tenga lugar en condiciones de mercado.

Con carácter general a subvención podrá llegar hasta el 25% de las inversiones subvencionables, y hasta el 35% si el beneficiario es una pequeña empresa

El plazo de presentación de solicitudes terminará el 30 de Noviembre de 2017

IGAPE_Emprende_2017