NOTA DE AVISO – MEDIDAS PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACION INDEFINIDA Y DE ACCESO A LA FINANCIACION

6 Mar 2014 | Notas de aviso

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Tal como anunció el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, durante el Debate sobre el Estado de la Nación, el Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un nuevo paquete de medidas destinado a favorecer la contratación indefinida y el acceso a la financiación por parte de las PYMES.

Se trata de una nueva batería de leyes y normativas que pretenden atajar la mayor carencia de la Ley de Emprendedores aprobada el pasado año, esto es, el acceso a la financiación; así como incentivar la creación de empleo “neto”. Todo esto antes de comenzar la elaboración y presentación de la reforma fiscal que se trae entre manos y de la que poco se conoce aún pero que, según avanzan, supondrá un cambio de base del sistema tributario.

Así, entre las medidas aprobadas el pasado viernes destacan:

Tarifa Plana de 100 euros por la contratación de trabajadores indefinidos

Una de las medidas estrella ha sido la aprobación de la tarifa plana de 100 euros a la Seguridad Social por la contratación de trabajadores de forma indefinida. No obstante, y pese a lo llamativo de éste incentivo para los empleadores, la medida ha suscitado la controversia entre el colectivo de autónomos y pequeñas empresas, que no terminan de cuajar debido a la complicada “letra pequeña” que traen aparejado.

Esta tarifa plana sería de aplicación durante 24 meses a los empleadores o empresas, sea cual sea su tamaño, que contraten de forma indefinida durante un periodo de, al menos, 3 años. No obstante, la Tarifa Plana de 100 euros sólo se aplicaría a la cotización por contingencias comunes.

Financiación de las PYMES

Con el objetivo de fomentar la financiación no bancaria para las PYMES, nace el Anteproyecto de Ley para el Fomento de la Financiación Empresarial y cuyas novedades no difieren mucho de lo anunciado por Rajoy el pasado martes.

– Obligación de preaviso de tres meses de las entidades financieras cuando se vaya a cancelar o reducir notablemente la financiación de las PYMES. Además, tendrán que proporcionarle, de manera gratuita, un historial con toda su información financiera.
– Modificación de la legislación de capital riesgo para crear una nueva forma de inversión: el Capital riesgo PYME, que se beneficiarán de un régimen financiero más flexible que el de las entidades de capital-riesgo tradicionales. Las sociedades de Capital Riesgo PYME podrán hacer un uso mayor de los instrumentos financieros de deuda y tendrán que invertir, al menos, un 70%de su patrimonio en PYMES, además de participar en la gestión y aportar asesoramiento.

Limitaciones al crowdfunding

Sin embargo, este Anteproyecto de Ley para el Fomento de la Financiación Empresarial propone una regulación del sistema basado en las plataformas electrónicas que ponen en contacto directo a inversores y emprendedores, más conocido como crowdfunding.

Según se anunciaba, la principal novedad es que las empresas sólo podrán recaudar un máximo de un millón de euros, con aportaciones máximas de 3.000 euros. Además un único inversor sólo podrá invertir un máximo de 6.000 euros al año en este tipo de proyectos. Sin embargo, el principal problema se encuentra como siempre, en la gestión administrativa y burocrática que deberán seguir las empresas que quieran recurrir a esta vía”.

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