PROGRAMA DE APOYO AL ACCESO AL FINANCIAMIENTO OPERATIVO (ACTIVO CORRIENTE) de las pymes RE-SOLVE 2017

10 Ene 2017 | Notas de aviso

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Estimado Cliente;
Se remite resumen de las  bases reguladoras del PROGRAMA DE APOYO AL ACCESO AL FINANCIAMIENTO OPERATIVO (ACTIVO CORRIENTE) de las pymes RE-SOLVE 2017 – IG524A

 
A continuacion se detallan los puntos destacados de las bases:
Beneficiarios:
Pymes, personas físicas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, con domicilio fiscal en Galicia.
Son actividades incentivables objeto del programa todas las actividades económicas excepto: actividades relacionadas con la exportación y redes de distribución y las actividades del sector carbón, sector pesquero y agrícola
 
 
Actuaciones subvencionables:
Podrán acogerse a este programa las empresas que formalicen un préstamo destinado al financiamiento de su activo corriente:

  • Pago de nóminas, tributos, seguridad social, alquiler, leasing, proveedores, acreedores por prestación de servicios, reparaciones, cuotas de deudas bancarias a largo plazo en el momento de su vencimiento y cuotas de leasing, así como la cancelación anticipada de pólizas de crédito o préstamo destinados a la misma finalidad que venzan durante el ejercicio 2017.

En ningún caso serán subvencionables inversiones en inmovilizado o activos financieros.
Modalidad de financiamiento:
Máximo de 150.000 € y mínimo de 3.000 €. Con una vigencia de hasta 7 años, incluida una carencia de un máximo de 2 años
El tipo de interés:

  • Tipo de referencia: será euribor a plazo de 6 meses con revisiones semestrales
  • Tipo adicional: sera el que libremente pacten las partes, sin que en ningún caso pueda exceder de los 3,5 puntos porcentuales.

Las comisiones máximas que la entidad financiera puede repercutir en conceptos de apertura y estudio será de 0,60 %. Para las comisiones de estudio y apertura, conjuntamente, la entidad financiera podrá estipular un mínimo de hasta 30 €. Las SGR podrán cobrar a cliente hasta un 0,5% en concepto de comisión de estudio, hasta el 1% en concepto de comisión de aval, calculado sobre el saldo vivo anual del importe avalado y hasta el 4% en concepto de cuota social mutualista sobre el importe del financiamiento avalado, que se abonará al inicio de la operación. Este importe será reembolsado al cliente una vez termine su relación con SGR.
Garantías:
La garantia a favor de las entidades financieras será el aval de la sociedad de garantia recíproca adherida al convenio por el 100% del riesgo
Ayuda del IGAPE:
Reaval en garantía del 25% del riesgo asumido por el SGR.
Plazo de presentación de solicitudes:
Hasta el 31 de octubre de 2017
Presupuesto:
375.000 €
Concurrencia no competitiva
FICHA IGAPE